Información institucional, organizativa y de planificación

Información institucional, organizativa y de planificación

En esta sección encontrará la organización institucional, la estructura organizativa, señalando las funciones, la sede de sus órganos y los distintos medios de contacto, la identificación de sus responsables y la plantilla orgánica con la relación de puestos de trabajo.

Se entiende como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de los sujetos sometidos a la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

El acceso a la información será gratuito con carácter general, y esta se pondrá a disposición en la forma o formato solicitado, siempre que sea posible.

  • Avenida Carlos III el Noble, 36, 1.º Dcha. 31003 Pamplona-Iruña (Navarra)
  • Calle Arrieta, 8, 7.ª planta. 31002 Pamplona-Iruña (Navarra)

info@sodena.com / 848 42 19 42 / Acceso a contacto en web

Sodena, Sociedad de Desarrollo de Navarra, S.L. es el instrumento del Gobierno de Navarra para captar y desarrollar proyectos empresariales de valor añadido para Navarra, así como coordinar el diseño e implementación de la Estrategia de Especialización Inteligente regional que impulse la colaboración, el crecimiento y la competitividad, contribuyendo al desarrollo regional y a la creación de empleo de calidad.

El apoyo financiero a proyectos empresariales, tanto de origen local como atraídos del exterior, se realiza principalmente mediante participación en capital y préstamos participativos. Dichos proyectos deben estar vinculados a Navarra, contribuyendo activa y significativamente al desarrollo equilibrado y sostenido de la región. El apoyo técnico se realiza mediante la coordinación, acompañamiento y enlace con los inversores y empresas, facilitando cualquier apoyo que pudieran necesitar para decidir ubicar sus proyectos en Navarra.

Para obtener información más detallada sobre nuestra actividad, puede hacerlo consultando los siguientes enlaces:

– Apoyo financiero a través del instrumento del capital riesgo
– Otros apoyos financieros
– Captación de inversión exterior
– Coordinación del diseño e implementación de la S3 Navarra y apoyo en la política de clústeres.

Si Ud. desea trasladarnos una sugerencia sobre el funcionamiento de los servicios prestados, puede dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico info@sodena.com.

Según indica el artículo 106 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra «Las sociedades públicas se regirán por el ordenamiento jurídico privado, sin perjuicio de las especialidades establecidas en esta Ley Foral y en la normativa administrativa aplicable en materia presupuestaria, contable, de control financiero y contratación».

 

Para tramitar una solicitud, por favor, pincha aquí.

Los puestos de trabajo en Sodena se clasifican en base a lo dispuesto en los grupos profesionales establecidos en el Convenio de Oficinas y Despachos según sigue:

  • Grupo profesional 1. El personal perteneciente a este grupo tiene la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación.Toma decisiones o participa en su elaboración, así como en la definición de objetivos concretos. Desempeña sus funciones con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. Formación: titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equiparados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional.
  • Grupo profesional 2. Son profesionales con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad que realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos o que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma área funcional. Formación: titulación universitaria de cualquier grado o conocimientos equivalentes equiparados por la empresa, completada con una experiencia dilatada en su sector profesional. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior y asimilarse a los puestos definidos en este grupo “Titulados superiores de entrada”.
  • Grupo profesional 3. Son aquellas trabajadoras o trabajadores que con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humano, en un marco de instrucciones de complejidad técnica media con autonomía dentro del proceso. Realizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menor. Formación: titulación de grado medio, técnico especialista de segundo grado y/o con experiencia dilatada en el puesto de trabajo.
  • Grupo profesional 4. (Antig. oficial 1ª). Personal que realiza trabajos de ejecución autónoma que exijan habitualmente iniciativa y razonamiento por parte de las personas encargadas de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos, con responsabilidad de mando. Formación: Bachillerato, BUP o equivalente o técnicos especialistas (módulos nivel 3) complementada con formación en el puesto de trabajo, en su defecto, conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión.
  • Grupo profesional 5. Tareas que se ejecutan bajo dependencia de mando o de profesionales de más alta cualificación dentro del esquema de cada empresa, normalmente con supervisión pero con iniciativa propia, con conocimientos profesionales o con un periodo de adaptación. Formación: Bachiller, BUP y técnicos auxiliares conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión (módulos nivel 2), escolares sin titulación con la formación específica en el puesto de trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión.
  • Grupo profesional 6. Tareas que se ejecuten con un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con instrucciones específicas. Pueden requerir preferentemente esfuerzo físico, con escasa formación o conocimientos muy elementales y que ocasionalmente pueden necesitar de un pequeño periodo de adaptación. Formación: la de los niveles básicos obligatorios y en algún caso de iniciación para tareas de oficina. Enseñanza secundaria obligatoria (ESO) o técnico auxiliar (módulo nivel 2) y/o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión.

No existe representación sindical.

Ver ofertas de trabajo disponibles en las sociedades públicas de Navarra.

La Ley Orgánica 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las AA.PP., establece lo siguiente:

No existe incompatibilidad para el ejercicio de las actividades privadas siempre y cuando no impidan o menoscaben el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometan su imparcialidad o independencia. Como norma general, el personal de las SSPP no podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño de un segundo puesto de trabajo con cargo o actividad en el sector público, salvo las siguientes excepciones:

  • Funciones docentes
  • Funciones sanitarias 

Para el ejercicio de la segunda actividad será indispensable la previa y expresa autorización de compatibilidad, que no supondrá modificación de jornada de trabajo y horario de los dos puestos y que se condiciona a su estricto cumplimiento en ambos. En todo caso la autorización de compatibilidad se efectuará en razón del interés público.

Sodena no ha emitido ninguna autorización de compatibilidad.

Sodena, a fecha de hoy, no ha llevado a cabo ningún proceso de de participación ciudadana.

Sodena no gestiona listas de espera para el acceso a servicios públicos.

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